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ACUERDO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (versión vigente)

Nota de traducción: esta página es una traducción de la versión en inglés. En caso de discrepancia, prevalece la versión en inglés.

Este Acuerdo de Tratamiento de Datos Personales (en adelante, el "Acuerdo") ha entrado en vigor y será de aplicación a partir del 30 de abril de 2024. Este Acuerdo se ha celebrado entre el administrador de la Plataforma Zebrasign, Tegwa Technologies, AB (en adelante, el "Encargado del tratamiento"), y el Cliente (Usuario o Consumidor) (en adelante, el "Responsable del tratamiento").

  1. OBJETO DEL ACUERDO
    1. Este Acuerdo forma parte integrante de las Condiciones Generales de Servicio de la Plataforma Zebrasign (en adelante, las "Condiciones de Servicio") y establece los términos y condiciones aplicables en los casos en que el Encargado del tratamiento trate los Datos Personales del Responsable del tratamiento por cuenta de este, conforme al procedimiento establecido en las Condiciones de Servicio.
    2. El Encargado del tratamiento se compromete a tratar los Datos Personales conforme a los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, el "RGPD"), y a las instrucciones del Responsable del tratamiento.
    3. Los términos con mayúscula inicial utilizados en el Acuerdo se entenderán conforme a lo definido en el RGPD y demás normativa de protección de datos personales aplicable, la Política de Privacidad y las Condiciones de Servicio. Los Datos Personales, en el contexto de este Acuerdo, se entenderán como los datos cargados por el Responsable del tratamiento en la Cuenta conforme a lo descrito en la Cláusula 2.3 del Acuerdo.
  2. FINALIDADES, ALCANCE Y DURACIÓN DEL TRATAMIENTO DE DATOS
    1. El Encargado del tratamiento prestará servicios al Responsable del tratamiento conforme a las Condiciones de Servicio. El Responsable del tratamiento instruirá al Encargado del tratamiento para que trate sus Datos Personales en la medida necesaria para la implementación y ejecución de las Condiciones de Servicio.
    2. La finalidad del tratamiento de datos es la implementación y ejecución de las Condiciones de Servicio, en lo que respecta a los datos cargados por el Responsable del tratamiento en la Cuenta.
    3. Las categorías de interesados son los empleados del Responsable del tratamiento que utilizan la Cuenta del Responsable del tratamiento (persona jurídica) y/o los Responsables del tratamiento (personas físicas) que dispongan de una Cuenta, y otros terceros cuyos Datos Personales el Responsable del tratamiento carga en su Cuenta. Los Datos Personales tratados por el Encargado del tratamiento a los que este tiene o puede tener acceso son los datos cargados en la Cuenta del Responsable del tratamiento, conforme a lo definido en la Política de Privacidad. Estos datos pueden incluir, entre otros, nombre, apellidos, cargo, fecha de nacimiento, número de identificación personal, número de teléfono, etc., y pueden variar de un caso a otro en función de la naturaleza y el contenido de los datos cargados por el Responsable del tratamiento en la Cuenta. Las Partes acuerdan que, dentro del alcance de este Acuerdo, el tratamiento de Datos Personales por el Encargado del tratamiento se refiere únicamente a los datos cargados por el Responsable del tratamiento en la Cuenta. En todos los demás aspectos, conforme a lo previsto en la Política de Privacidad, el Encargado del tratamiento actúa como Responsable del tratamiento, ya que él mismo determina los fines y medios del tratamiento.
    4. Cuando el Encargado del tratamiento no haya recibido instrucciones documentadas sobre el tratamiento de Datos Personales necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Acuerdo, notificará de inmediato al Responsable del tratamiento y actuará en el mejor interés de este hasta que se le faciliten dichas instrucciones.
    5. Los Datos Personales se tratarán mientras el Responsable del tratamiento utilice la Cuenta. Si el Responsable del tratamiento elimina la Cuenta, esta y los Datos Personales en ella contenidos se eliminarán sin posibilidad de restauración transcurridos 14 días naturales desde la fecha de eliminación de la Cuenta. Las Cuentas gratuitas inactivas y los Datos Personales del Responsable del tratamiento en ellas contenidos se eliminarán sin posibilidad de restauración si el Responsable del tratamiento no ha utilizado la Cuenta y/o los Servicios prestados en la Plataforma durante un período de dos años, contado desde la fecha de la última visita del Responsable del tratamiento a la Cuenta. Si el Responsable del tratamiento requiere que los Datos Personales se conserven durante un período determinado tras la finalización de los Servicios, las Partes deberán acordar previamente por escrito las condiciones de dicho tratamiento.
  3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
    1. Al tratar Datos Personales por cuenta del Responsable del tratamiento, el Encargado del tratamiento se compromete a lo siguiente:
      1. tratar los Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones escritas y documentadas facilitadas por el Responsable del tratamiento, incluidas las instrucciones establecidas en este Acuerdo, salvo que la legislación aplicable disponga otra cosa. En tal caso, antes de comenzar el tratamiento de Datos Personales, el Encargado del tratamiento deberá, en la medida permitida por la legislación, notificar al Responsable del tratamiento dicho requisito legal, en la medida en que sea conocido por el Encargado del tratamiento;
      2. al tratar Datos Personales, actuar conforme a los requisitos del RGPD y demás normativa aplicable de protección de datos personales;
      3. teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, el Encargado del tratamiento se compromete a aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar un nivel de seguridad de los Datos Personales adecuado al riesgo. Para garantizarlo, el Encargado del tratamiento ha implementado asimismo la norma ISO/IEC 27001 sobre sistemas de gestión de la seguridad de la información. Previa solicitud por escrito del Responsable del tratamiento, el Encargado del tratamiento se compromete a facilitar información sobre las medidas técnicas y organizativas de seguridad aplicadas para garantizar la seguridad de los Datos Personales;
      4. garantizar que las personas autorizadas a tratar los Datos Personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación legal de confidencialidad adecuada; el Encargado del tratamiento deberá obligar por escrito a sus empleados que traten Datos Personales a tratar todos los Datos Personales como información confidencial y a no utilizarlos para ningún fin distinto de su tratamiento por cuenta del Responsable del tratamiento, en la medida necesaria para la prestación de los Servicios;
      5. teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento de Datos Personales, asistir, mediante la aplicación de medidas técnicas y organizativas adecuadas, al Responsable del tratamiento en el cumplimiento de su obligación de responder a las solicitudes de ejercicio de los derechos del interesado. Al recibir una solicitud del interesado para ejercer sus derechos, el Encargado del tratamiento deberá remitirla de inmediato al Responsable del tratamiento. El Encargado del tratamiento facilitará al Responsable del tratamiento toda la información necesaria o realizará otras acciones relacionadas con la solicitud del interesado, cuando dichas acciones sean necesarias para la correcta ejecución de la solicitud de ejercicio de los derechos del interesado;
      6. asistir al Responsable del tratamiento en la garantía del cumplimiento de las obligaciones relativas a la seguridad de los datos, la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y la consulta previa (artículos 32 a 36 del RGPD), teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento de Datos Personales y la información de que dispone el Encargado del tratamiento.
    2. El Responsable del tratamiento se compromete a lo siguiente:
      1. facilitar al Encargado del tratamiento instrucciones sobre el tratamiento de Datos Personales, en los casos generales, por escrito, salvo que las circunstancias de la situación requieran otra forma. Las instrucciones presentadas en una forma distinta de la escrita serán confirmadas por escrito por el Responsable del tratamiento, si así lo solicita el Encargado del tratamiento;
      2. facilitar al Encargado del tratamiento únicamente instrucciones lícitas conformes a los requisitos del RGPD y disponer de una base jurídica para el tratamiento de los Datos Personales;
      3. garantizar la exactitud, integridad y licitud de los Datos Personales facilitados al Encargado del tratamiento.
    3. El Responsable del tratamiento entiende que cualquier restricción del tratamiento de Datos Personales no causada por culpa del Encargado del tratamiento puede afectar a la capacidad de este último para cumplir sus obligaciones conforme a las Condiciones de Servicio. Por lo tanto, en caso de que el Responsable del tratamiento decida imponer restricciones al tratamiento de Datos Personales, deberán seguirse los siguientes pasos:
      1. el Responsable del tratamiento notificará por escrito al Encargado del tratamiento las restricciones concretas previstas, con una antelación razonable, a fin de permitir al Encargado del tratamiento adoptar las medidas necesarias que se indican a continuación;
      2. en el plazo de 5 días hábiles tras la notificación de las restricciones concretas por parte del Responsable del tratamiento, el Encargado del tratamiento analizará las restricciones previstas y facilitará al Responsable del tratamiento una explicación motivada por escrito de las posibles consecuencias para la capacidad del Encargado del tratamiento de cumplir sus obligaciones conforme a las Condiciones de Servicio;
      3. si el Responsable del tratamiento, tras recibir una explicación motivada del Encargado del tratamiento sobre las posibles consecuencias, decide no obstante mantener las restricciones, asumirá todos los riesgos y consecuencias negativas correspondientes de dicha decisión.
  4. DERECHO DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO A CONTRATAR SUBENCARGADOS DEL TRATAMIENTO
    1. El Encargado del tratamiento tendrá derecho a contratar a terceros para el tratamiento de Datos Personales (en adelante, los "Subencargados del tratamiento").
    2. El Responsable del tratamiento concede la autorización general para la contratación de nuevos Subencargados del tratamiento en el futuro. El Encargado del tratamiento notificará al Responsable del tratamiento cualquier cambio previsto en relación con la contratación o el cambio de los Subencargados del tratamiento, a los que el Responsable del tratamiento podrá oponerse. Se notificará al Responsable del tratamiento cuando el Encargado del tratamiento actualice la lista de Subencargados del tratamiento en su sitio web. Si el Responsable del tratamiento no ha planteado dicha objeción en el plazo de treinta (30) días desde la fecha de actualización en el sitio web, se considerará que no se ha opuesto. En caso de objeción por parte del Responsable del tratamiento, el Encargado del tratamiento tendrá derecho a desestimar dicha objeción presentando una explicación motivada por escrito.
    3. El Encargado del tratamiento garantizará que los Subencargados del tratamiento asuman la responsabilidad conforme a las obligaciones establecidas en este Acuerdo y en el artículo 28 del RGPD.
  5. COMUNICACIÓN DE UNA VIOLACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES AL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
    1. En caso de una posible violación de la seguridad de los Datos Personales, el Encargado del tratamiento estará obligado a adoptar las medidas establecidas en las Cláusulas 5.2 a 5.4 del Acuerdo.
    2. El Encargado del tratamiento notificará al Responsable del tratamiento sin demora indebida, y a más tardar en el plazo de 48 horas desde el momento de la detección de la posible violación, mediante notificación escrita conforme a lo previsto en la Subcláusula 5.2.1. La notificación deberá contener la información prevista en el artículo 33, apartado 3, del RGPD.
    3. Si la información no puede facilitarse al Responsable del tratamiento dentro de los plazos establecidos en la Cláusula 5.2 del Acuerdo, podrá facilitarse por fases sin demora indebida. En los casos en que el Encargado del tratamiento no pueda facilitar determinada información al Responsable del tratamiento, se lo notificará a este.
  6. TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
    1. El Encargado del tratamiento no transferirá los Datos Personales a ningún tercero (incluso fuera del Espacio Económico Europeo) sin la autorización previa por escrito del Responsable del tratamiento. Si se produjera dicha transferencia, el Encargado del tratamiento se compromete a cumplir los requisitos establecidos en el Capítulo V del RGPD.
  7. RESPONSABILIDAD
    1. El Responsable del tratamiento será responsable de garantizar la licitud de la base jurídica sobre la que el Encargado del tratamiento trata los Datos Personales al prestar los Servicios.
    2. El Encargado del tratamiento no será responsable de las acciones del Responsable del tratamiento que infrinjan la normativa de protección de Datos Personales.
    3. En cualquier caso, la responsabilidad del Encargado del tratamiento por daños y perjuicios estará limitada y no podrá exceder de la remuneración percibida por el Encargado del tratamiento en los últimos 12 (doce) meses por los servicios prestados al Responsable del tratamiento conforme a las Condiciones de Servicio, salvo que dicha limitación esté prohibida por la legislación.
    4. El Encargado del tratamiento no inspeccionará, controlará ni supervisará los datos cargados por el Responsable del tratamiento en la Cuenta. Esto solo podrá hacerse en los casos excepcionales previstos en la Política de Privacidad.
  8. REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS
    1. Siempre que no se exija al Encargado del tratamiento facilitar o dar acceso a información sobre (i) otros clientes del Encargado del tratamiento, (ii) otros informes externos o internos no públicos del Encargado del tratamiento, el Responsable del tratamiento y/o un auditor independiente designado por este tendrán derecho a realizar auditorías e inspecciones del Encargado del tratamiento durante la vigencia de este Acuerdo, conforme a los términos y condiciones establecidos en él. Las Partes acordarán por escrito los términos y condiciones, el alcance y demás detalles de dicha auditoría con al menos 14 días hábiles de antelación. Las auditorías realizadas sobre la base de este Acuerdo se limitarán a evaluar el cumplimiento de las obligaciones del Encargado del tratamiento conforme a este Acuerdo. Dichas auditorías no podrán realizarse con una frecuencia superior a una vez cada 12 meses.
    2. La auditoría se realizará de manera que no interrumpa las operaciones y obligaciones del Encargado del tratamiento.
    3. El representante del Responsable del tratamiento y/o el auditor externo deberán suscribir los correspondientes acuerdos de confidencialidad con el Encargado del tratamiento.
    4. El Responsable del tratamiento se compromete a reembolsar al Encargado del tratamiento los gastos incurridos y el tiempo dedicado por este a prestar asistencia conforme a la Sección 8 de este Acuerdo (por el tiempo dedicado a los recursos internos y a las medidas adoptadas para ayudar al Responsable del tratamiento a llevar a cabo la auditoría), incluidos los gastos y el tiempo de los Subencargados del tratamiento en la prestación de dicha asistencia, conforme a una tarifa independiente acordada por las Partes por escrito.
  9. FUERZA MAYOR
    1. Una Parte quedará exonerada de responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Acuerdo si dicho incumplimiento se debe a circunstancias de fuerza mayor que la Parte no pudiera controlar ni prever razonablemente en el momento de la celebración del Acuerdo, y cuya aparición o consecuencias no hubieran podido evitarse. La falta de recursos financieros de la Parte afectada o el incumplimiento de obligaciones por parte de sus contratistas no se considerarán fuerza mayor.
    2. Si las circunstancias que hacen imposible la ejecución del Acuerdo son temporales, la Parte podrá quedar exonerada de responsabilidad durante el período que resulte razonable, teniendo en cuenta el efecto de dichas circunstancias sobre la ejecución del Acuerdo.
  10. VIGENCIA Y RESOLUCIÓN DEL ACUERDO
    1. Este Acuerdo entrará en vigor a la entrada en vigor de las Condiciones de Servicio y permanecerá vigente mientras estas lo estén.
    2. Si alguna disposición del Acuerdo deviene o es declarada inválida, total o parcialmente, ello no afectará a la validez de las restantes disposiciones del Acuerdo. En tal caso, las Partes se comprometen a sustituir la disposición inválida por una válida que se aproxime en la mayor medida posible, en términos jurídicos y económicos, a la disposición inválida.
    3. Las Partes reconocen expresamente que la vigencia de este Acuerdo es necesaria para la correcta ejecución de las Condiciones de Servicio y que, por tanto, a la resolución o extinción de este Acuerdo, las Condiciones de Servicio se extinguirán automáticamente.
  11. DISPOSICIONES FINALES
    1. Cualquier desacuerdo o controversia que surja entre las Partes en relación con el Acuerdo se resolverá mediante negociación y, si las controversias no pudieran resolverse de este modo, se someterán al tribunal competente de la República de Lituania en la ciudad de Vilna, conforme a las leyes u otras normas de la República de Lituania.
    2. El Acuerdo y las demás relaciones entre las partes no cubiertas por este Acuerdo se regirán por la legislación de la República de Lituania.

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